Instituto de Investigación y Capacitación Agropecuaria, Acuícola y Forestal

Instituto de Investigación y Capacitación Agropecuaria, Acuícola y Forestal

Secretaría del Campo

Funciones

El Instituto, para el cumplimiento de su objeto, tiene las atribuciones siguientes:

I. Realizar investigaciones básicas y aplicadas en materia agropecuaria, acuícola, en la apicultura, el agave y sus variedades aplicando las metodologías más avanzadas posibles en biotecnología, cultivo de tejidos, ingeniería genética, agricultura sustentable y utilización de la flora silvestre con fines comestibles, de ornato, medicinales y otros usos.

II. Establecer la infraestructura necesaria que se requiera para la investigación y capacitación agropecuaria, acuícola y forestal, la apicultura, el agave y sus variedades.

III. Generar validar y transferir tecnologías de producción agropecuaria, acuícola y forestal, de la apicultura, el agave y sus variedades.

IV. Brindar capacitación teórica y práctica a los productores y técnicos relacionados con las actividades agropecuarias, acuícolas, forestales, apícolas, así como del agave y sus variedades.

V. Fomentar y fortalecer la vinculación con las instituciones de investigación y docencia, suscribiendo convenios de intercambio científico y tecnológico con instituciones públicas, privadas y del sector social, en materia agropecuaria, acuícola y forestal, la apicultura, el agave y sus variedades establecidas dentro y fuera de la Entidad.

VI. Validar y difundir entre las personas productoras, y las asociaciones de personas productoras, las tecnologías generadas por el Instituto y por organismos estatales, nacionales e internacionales, de carácter público y privado, que puedan ser de utilidad para mejorar las condiciones socioeconómicas y las prácticas agroecológicas;

VII. Desarrollar programas y acciones en materia agropecuaria, acuícola y forestal, la apicultura, el agave y sus variedades que sean las más adecuadas de acuerdo con los resultados que arrojen las investigaciones al respecto, según las condiciones climatológicas y la vocación del suelo, así como las tradicionales de la zona que denoten su eficacia.

VIII. Establecer y fomentar la coordinación en materia de investigación y transferencia de tecnología, con las dependencias de los gobiernos federales, estatales y municipales, y con los propios productores y las asociaciones de personas productoras de la Entidad, además de los organismos internacionales especializados;

IX. Divulgar y promover los servicios que presta el Instituto, entre los productores agropecuarios, acuícolas, forestales, apícolas, del agave y sus variedades, instituciones públicas, privadas y académicas.

X. Desarrollar y validar tecnologías para implementar sistemas de producción orgánica, y emitir las normas y metodologías para verificar y certificar los resultados obtenidos;

XI. Promover la integración de los comuneros, ejidatarios y pequeños propietarios en los programas de investigación y capacitación, y

XII. Las demás que le asigne el Gobernador del Estado.